MinHacienda

MinHacienda reglamentó el ajuste del costo fiscal de activos fijos para 2023

Image

El Ministerio de Hacienda y Crédito Público (MinHacienda) expidió el Decreto No. 0128 del 7 de febrero de 2024*, con el cual reglamenta los artículos 70 y 73 del Estatuto Tributario (E.T.) en lo relacionado con el ajuste del costo fiscal de los activos fijos para efectos de determinar la renta o ganancia ocasional por el año gravable 2023.

Así bien, las disposiciones de este decreto dictan que los contribuyentes podrán ajustar el costo de los activos fijos por el año gravable 2023 en un 12,40 %. Asimismo, dicta que, para efectos de determinar la renta o ganancia ocasional, según sea el caso, proveniente de la enajenación durante el año gravable 2023 de bienes raíces y acciones o aportes que tengan el carácter de activos fijos, los contribuyentes que sean personas naturales deben tomar como costo fiscal cualquiera de los siguientes valores:

  • El valor que se obtenga de multiplicar el costo fiscal de los activos fijos enajenados, que figure en la declaración de renta por el año gravable de 1986 por 48,10 si se trata de acciones o aportes, y por 408,39, en el caso de bienes raíces.
  • El valor que se obtenga de multiplicar el costo de adquisición del bien enajenado por la cifra de ajuste que figure frente al año de adquisición de este, conforme con la siguiente tabla:

 

Año de adquisición

Acciones y aportes

Bienes raíces

Multiplicar por

1955 y anteriores

4.059,43

33.101,23

1956

3.978,17

32.439,63

1957

3.683,51

30.037,05

1958

3.107,86

25.342,44

1959

2.841,29

23.169,07

1960

2.651,94

21.624,79

1961

2.486,13

20.163,42

1962

2.340,07

19.080,80

1963

2.185,65

17.822,61

1964

1.671,26

13.628,68

1965

1.530,01

12.476,15

1966

1.334,83

10.884,73

1967

1.176,87

9.597,29

1968

1.092,83

8.911,31

1969

1.025,24

8.360,24

1970

942,71

7.687,26

1971

880,18

7.176,84

1972

779,94

6.360,81

1973

685,77

5.593,54

1974

560,21

4.569,44

1975

448,07

3.652,63

1976

380,98

3.106,44

1977

303,77

2.475,72

1978

238,21

1.942,54

1979

198,97

1.622,31

1980

157,2

1.282,56

1981

126,32

1.028,98

1982

100,5

819,28

1983

80,75

658,35

1984

69,36

565,69

1985

58,73

490,92

1986

48,1

406,39

1987

39,74

344,62

1988

32,4

260,09

1989

25,39

162,15

1990

20,13

112,14

1991

15,27

78,14

1992

12,02

58,54

1993

9,65

41,60

1994

7,87

30,25

1995

6,45

21,55

1996

5,47

15,94

1997

4,71

13,22

1998

4,02

10,16

1999

3,46

8,46

2000

3,17

8,41

2001

2,92

8,13

2002

2,72

7,51

2003

2,55

6,74

2004

2,4

6,34

2005

2,27

5,96

2006

2,16

5,64

2007

2,06

4,29

2008

1,95

3,82

2009

1,81

3,14

2010

1,77

2,86

2011

1,71

2,62

2012

1,65

2,19

2013

1,61

1,88

2014

1,58

1,66

2015

1,52

1,54

2016

1,43

1,47

2017

1,35

1,40

2018

1,31

1,29

2019

1,27

1,19

2020

1,22

1,12

2021

1,2

1,06

2022

1,13

1,03

Cabe señalar que, cuando se trata de bienes raíces, el resultado de esta operación puede ser incrementado de acuerdo con el valor de las mejoras y contribuciones por valorización que se haya pagado por el activo.

Para más información, consulte el documento adjunto.

Descarga la información
Image

¿Quieres hablar con un experto?

Iniciar conversación

Información destacada

Información más reciente, estudios de casos y noticias de toda la red

Filter By Filter By