Información financiera a Supersociedades

Plazos para el envío de información financiera a Supersociedades

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La Superintendencia de Sociedades (Supersociedades) dio a conocer los plazos para el envío de información financiera, con corte a 31 de diciembre de 2025, por parte de sus entidades vigiladas: empresas en marcha, Cámaras de Comercio, entidades en acuerdos de reestructuración (Ley 550 de 1999*), entidades en proceso de reorganización empresarial (Ley 1116 de 2006**), entidades empresariales que no se encuentran en marcha, incluidas aquellas sometidas a liquidación judicial o voluntaria, así como sujetos intervenidos, tanto personas jurídicas como personas naturales comerciantes y no comerciantes.

Los plazos máximos de envío de la información financiera para las entidades empresariales en marcha son los siguientes:

Para más información, consulte el documento a continuación.

Ver: Circular única de requerimiento de información financiera 2026 – Supersociedades

* Por la cual se establece un régimen que promueva y facilite la reactivación empresarial y la reestructuración de los entes territoriales para asegurar la función social de las empresas y lograr el desarrollo armónico de las regiones y se dictan disposiciones para armonizar el régimen legal vigente con las normas de esta ley.

** Por la cual se establece el Régimen de Insolvencia Empresarial en la República de Colombia y se dictan otras disposiciones. 

Fuente: INCP

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