Impuesto al patrimonio de personas jurídicas
Se prescribiría el formulario 425 para declarar el impuesto al patrimonio de personas jurídicas en 2026

El pasado 10 de marzo de 2026, la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) publicó para comentarios el proyecto de resolución del formulario 425 ‘Declaración del Impuesto al Patrimonio para Personas Jurídicas – Vigencia 2026’.
El proyecto se publica en relación con lo dispuesto en el Decreto Legislativo 0173 del 24 de febrero de 2026[1], el cual estableció el impuesto al patrimonio para personas jurídicas que posean, al 1 de marzo de 2026, un patrimonio líquido igual o superior a 200.000 unidades de valor tributario (UVT). En este sentido, el formulario 425 permitirá a estos contribuyentes declarar, presentar y pagar el mencionado impuesto en los siguientes plazos:
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Declaración |
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Pago de primera cuota (50 %) |
1 de abril de 2026 |
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Pago de segunda cuota (50 %) |
4 de mayo de 2026 |
Una vez se prescriba, el formulario estará disponible en el portal institucional www.dian.gov.co, dentro del servicio informático para usuarios registrados, donde los contribuyentes podrán diligenciarlo y presentarlo electrónicamente.
Las partes interesadas podrán enviar sus comentarios al proyecto de resolución hasta el 20 de marzo de 2026, al correo electrónico comentarios_formularios_oficiales@dian.gov.co.
Para más información, consulte el proyecto de resolución completo a continuación.
Ver: Proyecto de resolución – Formulario 425 – DIAN
[1] Por el cual se adoptan medidas tributarias en materia de impuesto al patrimonio, con el fin de atender los gastos del Presupuesto General de la Nación necesarios para hacer frente al estado de emergencia declarado mediante el Decreto Legislativo 0150 de 2026.
Fuente: INCP








