Cambios en los plazos para declaración
DIAN informó cambios en los plazos para declaración y pago de algunos impuestos

La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) informó el pasado 4 de marzo de 2026 que ajustó los vencimientos de obligaciones tributarias que coincidían con el tercer viernes de abril, ya que esta fecha fue declarada día cívico para las entidades públicas del orden nacional por medio del Decreto 500 de 2024[1].
Para el año 2026, el tercer viernes de abril corresponde al 17 de abril. Como los términos del calendario tributario están fijados en días hábiles de conformidad con el Decreto 2229 de 2023[2], la declaratoria de día no hábil no solo afecta el vencimiento previsto para esa fecha específica, sino que desplaza los plazos posteriores.
Esta modificación impacta, entre otras, las siguientes obligaciones:
- Declaración y pago de la segunda cuota del impuesto sobre la renta de grandes contribuyentes del año gravable 2025.
- Declaración y pago mensual de retención en la fuente del año 2026.
- Declaración anual de Presencia Económica Significativa (PES).
- Declaración anual y pago del Régimen Simple de Tributación (RST).
Ver: Comunicado No. 031 y calendario DIAN
[1] Por el cual se declara un día cívico.
[2] Por el cual se reglamentan los artículos 20-3, 260-5, 260-9, 298-8, 356-3, 364-5, 378, 381, 512-1, 512-6, 513-12, 513-13, 555-2, 579, 579-2, 580, 588, 591, 592, 595, 596, 599, 600, 602, 603, 605, 606, 607, 800, 803, 811, 876, 877, 910 Y 915 del Estatuto Tributario, artículo 170 de la Ley 1607 de 2012, artículos 221 y 222 de la Ley 1819 de 2016 modificados por los artículos 47 y 48 de la Ley 2277 de 2022, respectivamente, el parágrafo 7 del artículo 238 de la Ley 1819 de 2016 y artículo 51 de la Ley 2277 de 2022, se modifica el epígrafe y se sustituyen unos artículos de la Sección 2 del Capítulo 13 del Título 1 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria, para establecer los calendarios de plazos para el cumplimiento de las obligaciones tributarias administradas por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN a partir del año 2024 y siguientes.
Fuente: INCP








