Nuevos tipos de cotizante
MinSalud incorporó nuevos tipos de cotizante y modificó las reglas de reporte de la PILA

El Ministerio de Salud y Protección Social (MinSalud) expidió la Resolución 001529 de 2026, mediante la cual modificó los Anexos Técnicos 2 y 3 de la Resolución 2388 de 2016, que establecen la estructura, los campos y las validaciones aplicables al diligenciamiento y procesamiento de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes (PILA). Por tanto, los ajustes introducidos tienen efecto directo en la información que deben reportar los aportantes y en las validaciones que realizan los operadores de información de la PILA.
Entre los principales cambios se encuentran:
- Nuevos tipos de cotizante: se incorporan los códigos 74, correspondiente a reciclador de oficio; 75, para dependiente con permanencia en el régimen subsidiado; y 76, para trabajador de tiempo parcial independiente. La resolución establece las reglas para su reporte en la PILA, incluidas las combinaciones permitidas con tipos de aportante, tipos de planilla, subtipos de cotizante, novedades y subsistemas.
- Recicladores de oficio: se crea el tipo de aportante 17, denominado pagador de recicladores de oficio, y se establecen las condiciones para el reporte y pago de aportes al Sistema General de Riesgos Laborales a través de la PILA. Estas modificaciones aplican desde el 1 de agosto de 2026 para los pagos correspondientes al periodo de julio de 2026.
- Trabajadores de tiempo parcial independientes: se actualizan las reglas de validación para el reporte de este tipo de cotizante en la PILA, incluyendo las condiciones relacionadas con tipos de aportante, planillas, subtipos, novedades y subsistemas. Los cambios deberán implementarse desde el 1 de septiembre de 2026 para los pagos correspondientes al periodo de pensiones de agosto de 2026.
- Permanencia en el régimen subsidiado: se incorporan reglas específicas para el tipo de cotizante 75 y un nuevo reporte de información relacionado con afiliados que permanecen en el régimen subsidiado. Estas disposiciones serán aplicables desde el 1 de noviembre de 2026.
- Validaciones de la PILA: se modifican reglas relacionadas con la identificación de aportantes, representantes legales, cotizantes y pensionados, así como con las condiciones para el diligenciamiento y validación de las planillas.
La resolución también introduce ajustes a la planilla utilizada para reliquidaciones por retroactivos de servidores públicos y establece reglas para la liquidación de intereses de mora en estos casos.
Los cambios tienen diferentes fechas de implementación, por lo que aportantes y operadores de información deberán atender las fechas establecidas para cada modificación en la PILA.
Para más detalles, consulte la resolución completa a continuación
Ver: Resolución 001529 de 2026 – Minsalud – INCP
Fuente: INCP








