Nuevo sistema de pensiones
En el nuevo sistema de pensiones, todos los afiliados tendrán que cotizar hasta cierto límite de ingresos en Colpensiones, y a partir de ese punto en los fondos privados. Según la reforma pensional aprobada, el umbral de cotización será de 2,3 salarios mínimos.
En la actualidad, los aportes obligatorios a pensiones de una persona se realizan en Colpensiones o en los fondos privados, y la totalidad del aporte se acumula en el régimen al que esté afiliada. Así, si un trabajador está afiliado al régimen de prima media, deberá cotizar todo en Colpensiones; mientras que, si está afiliado al régimen de ahorro individual, deberá aportar todo al fondo privado.
Con la reforma pensional, que pone fin a la competencia entre regímenes e integra a las entidades administradoras en un sistema de pilares, todos los afiliados cotizarán obligatoriamente a Colpensiones hasta cierto límite de ingresos, y a partir de ese punto, en los fondos privados.
A continuación, examinemos de qué trata el pilar contributivo de la reforma pensional, qué es el umbral de cotización, y cómo funcionará a partir del 1 de julio de 2025, fecha en la que comenzará a aplicar el nuevo sistema.
¿Qué es el pilar contributivo?
El pilar contributivo es uno de los cuatro pilares que tendrá el nuevo sistema de protección integral para la vejez. En este pilar estarán todos los trabajadores dependientes e independientes obligados a cotizar al sistema de pensiones. Este pilar integra los regímenes del sistema de pensiones de la Ley 100 de 1993, por tal motivo, está dividido en dos componentes: prima media y ahorro individual.
El componente de prima media del pilar contributivo está integrado por todas las personas afiliadas al sistema y recibirá las cotizaciones de los ingresos base de cotización entre 1 y hasta 2,3 salarios mínimos. Este componente será administrado por Colpensiones.
Por su parte, el componente de ahorro individual recibirá las cotizaciones de las personas afiliadas que tengan ingresos superiores a 2,3 salarios mínimos, pero solo en la parte que exceda los 2,3 smmlv. Este componente complementario estará administrado por los fondos de pensiones privados y las personas podrán cotizar en el fondo de su elección.
Así cambiará la forma en que se realizan los aportes a pensión
Es importante destacar el cambio que tendrá la forma en que se realizan los aportes a pensiones con la Ley 100 de 1993 (régimen actual) y con la reforma pensional que entrará en vigor el 1 de julio de 2025.
En suma, en el sistema que aún está vigente una persona solo puede estar afiliada y cotizar obligatoriamente en uno de los dos regímenes pensionales, y no en ambos a la vez. A partir del 1 de julio de 2025, las personas que tengan un ingreso base de cotización superior a 2,3 smmlv deberán cotizar en los dos componentes, mientras que aquellas con ingresos entre 1 y 2,3 smmlv deberán hacerlo únicamente en el componente de prima media.
¿Qué es el umbral de cotización?
El umbral de cotización es el monto definido en el pilar contributivo para cotizar obligatoriamente al componente de prima media (Colpensiones). En el nuevo sistema de pensiones, el umbral será de 2,3 salarios mínimos.
Entonces, si el ingreso base de cotización de un trabajador es de hasta 2,3 smmlv, deberá cotizar el 16 % de aportes a pensión, todo al Colpensiones. Cuando el ingreso del trabajador sea, por ejemplo, de 3 smmlv, el aporte a pensión sobre la base de cotización de hasta 2,3 smmlv irá todo a Colpensiones y el aporte sobre la base de cotización del otro 0,7 smmlv deberá ir todo al fondo privado escogido por el afiliado.
Fuente: actualicese.com